miércoles, 5 de noviembre de 2008

Ciudad, Igualdad y Acción

Los derechos humanos y las libertades fundamentales son patrimonio inalienable de todos los seres humanos y su protección, responsabilidad primordial de los gobiernos.

El Estado no solo debe abstenerse de violar los derechos humanos de todas las mujeres, sino también trabajar activamente para promover y proteger esos derechos asignando y arbitrando todas las medidas que sean necesarias al efecto.

En este marco, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 5 de agosto del 2000 dicta la Ley 474, denominada Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones y –como manera de garantizar el efectivo cumplimiento de la Ley- este año crea por Resolución Nº 14 esta Comisión Especial cuyo objetivo primordial es evaluar su cumplimiento en concordancia con la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, los artículos 16 y 75 de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales que son ley para nuestro derecho.

Este blog pretende volcar toda la información relacionada con la actuación de la comisión y de las legisladoras que la integran en los temas vinculados con sus objetivos, así como promover un intercambio de opiniones y experiencias.


Dra. Susana Campari

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